jueves, 11 de noviembre de 2010

Aprobada Ley de Economía Comunal

Banca obligada a dar 5% de utilidades a consejos comunales

Por la vía de la urgencia reglamentaria, la mayoría socialista de la Asamblea Nacional (AN) aprobó en primera discusión dos proyectos de leyes polémicas: La Ley de la Instituciones Bancarias y la Ley de Fomento de la Economía Comunal.
La oposición en el Parlamento salvó el voto en ambos instrumentos.

En el caso de la primera, que sustituiría a la Ley General de Bancos, se destaca que las entidades financieras deberán destinar 5% de sus utilidades a los consejos
comunales.
La Ley de Economía Comunal se aprobó con carácter orgánico, aunque no se supo si había quórum para ello, porque la directiva negó la verificación.
Con este instrumento se instituye el trueque y la moneda comunal, lo cual fue justificado por la bancada oficialista, puesto que argumentaron que "el trueque no es un invento" y que "la moneda comunal ya existe en otros países".

El chavismo también presentó varios artículos de la Constitución, donde se menciona por ejemplo al "Estado social" de derecho y de justicia, para decir que allí radica el carácter social de la Ley.

Para los consejos comunales

En la Ley de Instituciones Bancarias "se exige una contribución de las instituciones bancarias de un cinco por ciento (5%) de las utilidades antes de impuesto, al cierre de cada semestre, para financiar proyectos de Consejos Comunales u otras
formas de organización social. También, en pro de la defensa de los
derechos de los trabajadores bancarios, se exige a las instituciones bancarias la creación de un Fondo Social para Contingencias que de
manera progresiva completa el 10% del capital social en cinco (5) años para responder a las acreencias laborales ante una posible quiebra”.
Crea nuevas instancias de control, con la ™finalidad de ampliar las
facultades reguladoras sobre el sector. "Se crean la nueva
Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario y el nuevo
Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios". Este último sustituiría a Fogade y el primero a la Superintendencia de Bancos.

Otro de los aspectos resaltantes del proyecto es que la banca puede ser declarada de “utilidad pública”, puesto que el sector pasa a ser un “servicio público”. “Se tipifica al servicio bancario como “Servicio Público” a fin de otorgarle carácter de “utilidad pública” a todas los bienes de
cualquier naturaleza que contribuyen en el desarrollo de esta
actividad, debido a su trascendencia e importancia en el desarrollo y estabilidad del Sistema Financiero Nacional y del sistema de medios de pago. Con esto se salvaguardan los intereses generales de la República, como lo es garantizar un servicio bancario de calidad, con suficiente cobertura e inclusión a todos los sectores de la población para que redunde en el crecimiento sostenido de las actividades de la
economía productiva y social”.

Los famosos “lunes bancarios” cambiarán, puesto que la nueva
superintendencia modificara el calendario de la banca. “Se incluye un mayor detalle de las normas relacionadas con los fideicomisos y se otorga a la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario la potestad de fijar el
calendario bancario nacional, con repercusión en el resto del Sistema Financiero Nacional, e impedir interrupciones abruptas del servicio".
En cuanto a su régimen económico se destina un veinte por ciento (20%) del excedente de las contribuciones recibidas hacia obras sociales y un cincuenta
(50%) hacia la mejora de la capacitación del personal de la
Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario, sus equipos, sistemas y otras necesidades para garantizar el cumplimiento
efectivo de sus funciones, y el restante treinta por ciento (30%) a la cobertura de gastos de ejercicios posteriores.

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