miércoles, 17 de noviembre de 2010

Ley del Sistema Nacional de Salud regula publicidad de tabaco y cigarrillos

Especial.- La comisión de desarrollo Social de la Asamblea Nacional (AN), tiene
listo el proyecto de Ley Orgánica del Sistema Público Nacional de
Salud que será presentado en la plenaria en la primera semana de
diciembre.

El anuncio lo hizo el presidente de la instancia parlamentaria, Rafael
Ríos, quien destacó que uno de los aspectos más importantes del
instrumento es la conformación de los consejos territoriales de salud,
los cuales tendrán la función de realizar diagnósticos comunitarios de
la situación sanitaria a nivel comunitario, distrital y regional.
“Desde ese diagnóstico, hecho en las localidades, el órgano rector de
salud tendrá la oportunidad de diseñar planes de atención a la
población”, dijo.

Regula publicidad de tabaco y cigarros

El instrumento regula hasta la publicidad del tabaco y los
cigarrillos. Por ejemplo, el artículo 81 señala que: “No se permite la
publicidad y promoción directa e indirecta de bebidas alcohólicas por
los medios masivos de difusión radial, televisado y cine, incluyendo
la publicidad de productos o empresas con denominación o marcas de
productos alcohólicos, así como por cualquier otro medio que el
Ministerio con competencia en materia de salud, basado en evidencias,
determine por resolución especial a los fines de proteger la salud de
la población. No se permite la publicidad directa ni indirecta de
eventos deportivos, musicales, culturales, científicos u otros por
parte de marcas comerciales, o empresas, con nombres, denominaciones o
identificaciones de bebidas alcohólicas; así como tampoco se permite
la promoción de bebidas alcohólicas en esos eventos”.
Igualmente establece la prohibición de fumar en sitios públicos,
autobuses, escuelas, centros de salud, restaurantes y otros sitios,
donde debe haber áreas para fumadores, de manera obligatoria.
Asimismo crea una estructura, además de la existente, para el manejo
de distintas áreas como la producción y venta de medicamentos. y
estimula la producción genérica de medicinas
Reglamenta la investigación en materia de salud, así como la venta y
fabricación de quipos y materiales relacionados con la salud.

Red de ambulancias

Ley de Sistema Público Nacional de Salud establecerá una red de
comunicación que serviría para coordinar emergencias y casos
especiales a nivel nacional.
Ríos explicó que existen los suficientes recursos y tecnologías en el
país que pueden permitir establecer una red de emergencias a nivel
nacional y redes municipales para que trabajen de manera articuladas
y comunicadas constantemente, en pro de resolver casos de urgencia,
como: una cama para una parturienta que está complicándose, un
accidente de tránsito o un infarto, evitando esa situación lamentable
que aún sigue ocurriendo, como es el “ruleteo” que ha puesto peligro
la vida de los pacientes.

No se estatizarán centros de salud

Al ser consultado por el supuesta estatización de los centros médicos
privados por parte del gobierno, Ríos dijo que en ninguna parte del
proyecto se ha planteado tal situación.

“Lo que instituye el Sistema Público sea el medular y que el sistema
privado únicamente de carácter complementario, lamentablemente esto no
sucede debido a que en los años 80, en plena aplicación de políticas
neoliberales el sector salud se orientó a la absoluta privatización,
generando un crecimiento del sector privado, tanto es así, que los HCM
se colocaron en las contrataciones colectivas de instituciones del
sector publico”.

Actualmente se cuenta con más de 800 hospitales en Venezuela y a más
de 500 se le están haciendo refacciones para irlos recuperando, además
de dotarlos de mejores equipos y tecnología para que sean accesibles
a toda la población.

Evitará el ruleteo

Una red de emergencias que garantice la atención oportuna y
evite el llamado “ruleteo” de los pacientes, dijo Rafael Ríos, quien
explicó que la estrategia implica la conformación de un sistema de
comunicación
entre los hospitales, ambulatorios, centros de diagnóstico y clínicas
populares, con el fin de referir a los pacientes al centro de salud
donde se le pueda brindar la asistencia requerida según la patología
que éste presente.“La idea es que cuando ocurra la contingencia se
active un sistema de información para que la persona sea recibida
directamente en el sitio donde se le pueda asistir”, dijo.

Asimismo, explicó que el instrumento legal establece cinco niveles de
asistencia: en el primero se encuentra la atención primaria de salud,
conformada por ambulatorios; en el segundo, se incluyen los centros de
diagnóstico integral y las salas de rehabilitación integral; en un
tercer nivel, se encuentran los hospitales y clínicas populares; en el
cuarto nivel están los centros hospitalarios especializados (como el
Cardiológico Infantil Gilberto Rodríguez Ochoa), mientras que en el
quinto nivel asistencial se contempla la mencionada red de
emergencias.

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