martes, 13 de julio de 2010

Ley Antidrogas que prepara la AN

Jefes de campaña de partidos irán presos si no prueban origen lícito de fondos

“El Estado, a través de sus órganos competentes (...) dispondrá la práctica anual de exámenes toxicológicos aplicando un método aleatorio a los funcionarios públicos, empleados, obreros y contratados de los órganos que integran el Poder Público Nacional, Estadal y Municipal, así como de las Empresas del Estado, Institutos Autónomos y demás entes descentralizados funcionalmente. Los
profesionales de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, incluyendo los aspirantes de las instituciones de formación militar, alumnos, tropa alistada, empleados, obreros y cualquier otro personal civil contratado o ad honorem, deberán someterse a la aplicación anual de un examen toxicológico imprevisto de acuerdo a un programa de inspección controlada(...)”.
Así lo establece el artículo 25 del proyecto de Ley Orgánica de Drogas que entrará este martes a segunda discusión en la Asamblea Nacional (AN). La normativa que fue aprobada en primera discusión hace más de un año sufrió cambios drásticos, comenzando por su denominación, puesto que en principio se trataba de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancia Estupefacientes y
Psicotrópicas. La ley también establece que se crearán comités de prevención en el consumo de drogas, tanto en los organismos y empresas del Estado, como en el sector privado. Igualmente, las empresas privadas con más de 50 empleados estarán obligadas a ofrecer empleo a consumidores rehabilitados.

Penas y delitos
Por otra parte, el tráfico de drogas será penado con 25 años de prsión, mientras que quien dirija o financie estas actividades será encarcelado por 30 años. Quien fabrique o transforme sustancias catalogadas como drogas recibirá una pena de 15 a 20 años. El tráfico ilícito de semillas, recinas y plantas recibirá una pena de 12 a 18 años. Igual pena recibirá quien cometa el delito de susitución o
sustracción de drogas. La posesión ilícita será penada con cárcel entre uno y dos años, mientras que el desvío de sustancias psicotrópicas será encerrado de 10 a12 años. Incluso la instigación a cometer cualquier delito tipificado en la ley será castigado con prisión de 10 a 20 meses, además del pago de una multa. El que con
amenaza, engaño o violencia, logre que alguna persona consuma estupefacientes o sustancias psicotrópicas, será penado con prisión de seis a ocho años. El que incite o induzca a alguna persona al consumo de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, que produzcan dependencia física o psíquica, será penado con prisión de cuatro a seis años. El que ilícita o indebidamente suministre o aplique a cualquier animal estupefacientes o sustancias psicotrópicas, será
penado con prisión de dos a cuatro años. Cuando fueren animales de competencia, la pena se aumentará en un tercio. Quedan excluidos de esta disposición los especialistas o científicos debidamente facultados por la autoridad competente, que las emplearen con fines de investigación. Quien para obtener ventajas de cualquier naturaleza o causar perjuicio en un espectáculo o competencia deportiva, incite o induzca a un deportista profesional o aficionado al consumo de
estupefacientes, sustancias psicotrópicas o que altere las condiciones naturales del deportista para obtener condiciones superiores de éste, será penado con prisión de tres a cinco años. Si el delito se hubiere cometido mediante coacción moral, engaño o de manera subrepticia, la pena será aumentada a la mitad.

Atribuciones del CNE
En este proyecto, el Consejo Nacional Electoral (CNE) tendrá atribuciones especiales, “en relación con el origen y manejo de los fondos, a los fines de evitar que reciban aportes económicos provenientes de la comisión de los delitos establecidos en esta Ley, la legitimación de capitales o de actividades relacionadas con los mismos, para lo cual tendrá facultades de determinar, controlar, regular e investigar los fondos de financiamiento de las
organizaciones con fines políticos”. Para cumplir con este objetivo el CNE podrá auditar, revisar las cuentas bancarias o depósitos de cualquier naturaleza de partidos políticos o grupos de electores, además de revisar los libros de contabilidad y administración, y los documentos relacionados con dichas actividades. Además tendrá que contar con una unidad especializada para sustanciar las investigaciones. Los jefes de campaña o encargados de las finanzas de los partidos deberán probar el origen lícito de los fondos y si no lo logran irían a la cárcel por seis u 8 años. Los que denuncien falsamente también serán castigados.

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